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San Borja, OFICIO N° Sefiora Janet Wu de Contreras Gerente de Desarrollo Econémico Social y Turismo Municipalidad Distrital de Barranco Presente.- Asunto: — Solicita se declare Ia nulidad de la Resolucién de Sub Gerencia N° 333-2010-SGDCYPE-GDESYT/MDB. Ref. Expediente N° 005195/2010 De mi consideracion: Mediante el presente me dirijo a usted para saludarla y a la vez comunicarle que la instalacién de una feria en el Parque Municipal de Barranco, declarado como Ambiente Urbano Monumental integrante del Patrimonio Cultural de la Nacién mediante Resolucién Suprema N® 2900 de fecha 28 de diciembre de 1972, atenta contra su conservacion y proteccién, ademas de distorsionar la lectura e imagen del mismo, contraviniendo lo dispuesto en la Norma A-140 del Reglamento Nacional de Edificaciones, como también a lo sefialado en los Articulos 23° y 29° de la Ley N° 28296 — Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacién. Asimismo, es necesario que el Ministerio de Cultura apruebe previamente el proyecto de adecuacién respective, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 22° de la Ley N° 28296, siendo nula la licencia municipal que carezca de dicha autorizacién, Por lo expuesto, tengo a bien solicitarle que disponga, a la brevedad posible, la nulidad de la Resolucién de Sub Gerencia N° 333-2010-SGCDCYPE-GDESYTIMDB de fecha 15 de setiembre de 2010, que resuelve declarar procedente la solicitud de autorizacién efectuada por la empresa EVENCOR SAC y autorizar la realizacién de la actividad denominada “EXPOFERIA NAVIDENA-2010" programada del 06 al 31 de diciembre del afio en curso; debido a que dicha Resolucién no ha cumplido con lo dispuesto en el Articulo 29° de la Ley N° 28296 - Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacién y en el Articulo 29° del Decreto Supremo N° 011-2006-ED — Reglamento de ia Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacién, donde se indica que las resoluciones emitidas por las municipalidades que se refieran a bienes culturales inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacién, requieren de la opinién previa favorable del Instituto Nacional de Cultura, hoy Ministerio de Cultura, en caso contrario serén nulos de pleno derecho. Agradeciendo su atencién al presente, quedo de usted. Atentamente, DPHCRMECVIsca “Afio de la Gonsolidacion Econémica y Social del Peru" Av. Javier Prado Este 2465, San Borla, Lima 41-Peru (511) 225-4423,

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