San Borja,
OFICIO N°
Sefiora
Janet Wu de Contreras
Gerente de Desarrollo Econémico Social y Turismo
Municipalidad Distrital de Barranco
Presente.-
Asunto: — Solicita se declare Ia nulidad de la Resolucién de Sub
Gerencia N° 333-2010-SGDCYPE-GDESYT/MDB.
Ref. Expediente N° 005195/2010
De mi consideracion:
Mediante el presente me dirijo a usted para saludarla y a la vez comunicarle que la
instalacién de una feria en el Parque Municipal de Barranco, declarado como Ambiente
Urbano Monumental integrante del Patrimonio Cultural de la Nacién mediante Resolucién
Suprema N® 2900 de fecha 28 de diciembre de 1972, atenta contra su conservacion y
proteccién, ademas de distorsionar la lectura e imagen del mismo, contraviniendo lo
dispuesto en la Norma A-140 del Reglamento Nacional de Edificaciones, como también a
lo sefialado en los Articulos 23° y 29° de la Ley N° 28296 — Ley General del Patrimonio
Cultural de la Nacién. Asimismo, es necesario que el Ministerio de Cultura apruebe
previamente el proyecto de adecuacién respective, de acuerdo con lo dispuesto en el
Articulo 22° de la Ley N° 28296, siendo nula la licencia municipal que carezca de dicha
autorizacién,
Por lo expuesto, tengo a bien solicitarle que disponga, a la brevedad posible, la nulidad de
la Resolucién de Sub Gerencia N° 333-2010-SGCDCYPE-GDESYTIMDB de fecha 15 de
setiembre de 2010, que resuelve declarar procedente la solicitud de autorizacién efectuada
por la empresa EVENCOR SAC y autorizar la realizacién de la actividad denominada
“EXPOFERIA NAVIDENA-2010" programada del 06 al 31 de diciembre del afio en curso;
debido a que dicha Resolucién no ha cumplido con lo dispuesto en el Articulo 29° de la Ley
N° 28296 - Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacién y en el Articulo 29° del
Decreto Supremo N° 011-2006-ED — Reglamento de ia Ley General del Patrimonio Cultural
de la Nacién, donde se indica que las resoluciones emitidas por las municipalidades que se
refieran a bienes culturales inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacién,
requieren de la opinién previa favorable del Instituto Nacional de Cultura, hoy Ministerio de
Cultura, en caso contrario serén nulos de pleno derecho.
Agradeciendo su atencién al presente, quedo de usted.
Atentamente,
DPHCRMECVIsca
“Afio de la Gonsolidacion Econémica y Social del Peru"
Av. Javier Prado Este 2465, San Borla, Lima 41-Peru (511) 225-4423,